• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: León
  • Ponente: CARLOS MIGUELEZ DEL RIO
  • Nº Recurso: 1215/2024
  • Fecha: 08/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Plazo máximo de instrucción: el plazo del art. 324 LECRIM delimita el marco temporal de adquisición de las diligencias de investigación. La temporalidad constituye, por un lado, una condición de validez de la actuación indagatoria y, por otro, una regla de prohibición de adquisición de información sumarial. Su incumplimiento debe considerarse causa de anulación y pérdida de eficacia de la diligencia instructora intempestiva. En consecuencia, la información sumarial contenida en las diligencias practicadas fuera de plazo no puede ser utilizada para fundar la decisión de prosecución del artículo 779.4 LECRIM. Alcance de la revisión de la valoración probatoria efectuada en la instancia que corresponde hacer al tribunal de apelación. Valor probatorio de la testifical de los agentes actuantes. Se aprecia la atenuante simple de dilaciones indebidas por la demora de casi cuatro años desde la incoación de las diligencias hasta la fecha de dictado de la sentencia, lo que representa una demora irrazonable e injustificada en la tramitación de una causa nada compleja y en la que no se han producido circunstancias relevantes que lo justifique, más allá de las incidencias normales en esta clase de procesos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ourense
  • Ponente: MANUEL CID MANZANO
  • Nº Recurso: 969/2024
  • Fecha: 08/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Alcance del control de la valoración probatoria efectuada por el tribunal de instancia que corresponde hacer al tribunal de apelación. Valoración de prueba personal. Valor probatorio del testimonio prestado por los agentes de policía actuantes. El tipo se consuma no sólo por la negativa abierta a la práctica de las pruebas de alcoholemia, sino también en aquellos casos en los que la actitud del sometido a tal prueba impide la obtención de un resultado, positivo o negativo en el test de detección. Es evidente que se trata de una prueba en la que es precisa la colaboración del propio sometido a dicha prueba, al tener que soplar con la suficiente intensidad como para que el aparato lleve a cabo el análisis correspondiente, por lo que tal falta de colaboración se considera una desobediencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: ANA MONTSERRAT LLORCA BLANCO
  • Nº Recurso: 788/2024
  • Fecha: 08/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: FALSEDAD DOCUMENTAL: presentación de una fotocopia del carnet de conducir y después de un supuesto original con su fotografía unida por una grapa, sin sellos y con el timbre fiscal pegado con conta adhesiva. ATIPICIDAD: un permiso de conducir falso que contiene datos veraces de su propietario no constituye delito de falsedad documental al no alterar el tráfico jurídico. El soporte es falso aunque contiene datos reales, por lo que no incide en la veracidad de la información que incorpora.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Badajoz
  • Ponente: JOSE ANTONIO PATROCINIO POLO
  • Nº Recurso: 380/2024
  • Fecha: 08/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juzgado de lo penal condena al acusado como autor de un delito de estafa a la pena de dos años de prisión. La representación procesal interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba considerando que se produce un agravio comparativo con el otro acusado al cual y por los mismos hechos le impuso una pena de un año de prisión pues se conformó en el juicio, conformidad que no fue posible con la recurrente al no asistir a la vista oral, lo que supondría una vulneración del principio de igualdad. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación, ratifica la sentencia, y aplica la doctrina establecida en la sentencia de 20 de febrero de 2021 en materia de conformidades parciales, señalando que no afecta al derecho de defensa de los demás acusados ni se minora la virtualidad de su presunción de inocencia en mayor medida que podían haberlo hecho tales acusados con el reconocimiento de los hechos sino no habría modificación de la calificación por el ministerio fiscal. El Tribunal Supremo estima correcta la conformidad parcial y no aprecia indefensión alguna al respecto de las defensas de los acusados.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: IVANA MARIA LARROSA IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 908/2024
  • Fecha: 07/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor responsable de un delito de lesiones y de un delito de obstrucción a la Justicia, al tiempo que le absuelve de un delito de coacciones. Acusado que, después de haberle sido denegada la custodia compartida de un hijo común con la esposa con quien siguió un proceso de divorcio, como atribuyere esa privación de la custodia compartida a la actuación de la Abogada de su esposa, inicio una campaña en su contra, propiciando múltiples encuentros con ella en los que la afeaba su profesionalidad y repetía su voluntad de inhabilitarla para el ejercicio de la abogacía, llegando en uno de esos encuentros a discutirla y retorcerla un dedo causándole un esguince. Auto de transformación a Procedimiento Abreviado y sus efectos vinculantes en orden a calificar penalmente los hechos por los que se dispone la acomodación procedimental. Delito de obstrucción a la justicia. Realización de conductas atentatorias contra la vida, integridad, libertad, llevadas a cabo como represalia por su actuación en procedimiento judicial. Debe incluirse a los Abogados entre las personas represaliadas susceptibles de encaje en el tipo penal de obstrucción a la Justicia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Mérida
  • Ponente: JUANA CALDERON MARTIN
  • Nº Recurso: 195/2022
  • Fecha: 07/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Inclusión en fichero de morosos. Se acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable para la inclusión de la deuda en los sistemas y ficheros de información crediticia. Se ha realizado el requerimiento en el domicilio de facturación y en el que se prestaba el servicio contratado. El simple hecho de que la comunicación que contenía el requerimiento de pago fuera depositada en el servicio de correos junto con otras muchas cartas, no basta por sí solo para considerar que no se ha practicado el requerimiento de pago, cuando la comunicación ha sido remitida a una dirección idónea.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS
  • Nº Recurso: 856/2024
  • Fecha: 07/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juzgado de lo penal condena a la acusada como autora de un delito de estafa del artículo 248 y 249 del código penal a la pena de 10 meses de prisión y al pago de la responsabilidad civil. La representación procesal de la acusada interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba y vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Solicita la revocación de la sentencia y la libre absolución. La audiencia provincial estimó el recurso de apelación, confirmo íntegramente la sentencia concluyendo que la condena impuesta se sustenta en la prueba existente, válida procesalmente y constitucionalmente legítima, que se valora correctamente. Los hechos se subsumen en la previsión legal.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: ROSA MARIA GUTIERREZ FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 653/2024
  • Fecha: 07/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca y anula parcialmente la sentencia del Juez de Instrucción en que se absolvía a los denunciados de las amenazas leves que recíprocamente se atribuían entre ellas. Delitos leve de amenazas. Recurso de apelación contra sentencias absolutorias. Limitaciones de conocimiento que le vienen impuestas al tribunal de apelación. Nulidad de la sentencia por razones relacionadas con la insuficiencia o la falta de racionalidad en la motivación fáctica. Aportación al juicio de una grabación cuya reproducción evidenciaría las palabras amenazantes que se atribuyen a uno de los denunciados y respecto de la cual se omite toda referencia en la fundamentación de la sentencia recurrida.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JUAN DEL OLMO GALVEZ
  • Nº Recurso: 12/2024
  • Fecha: 07/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cuando la acusación alegue error en la valoración de la prueba para pedir la anulación de la sentencia absolutoria o el agravamiento de la condenatoria, será preciso que se justifique la insuficiencia o la falta de racionalidad en la motivación fáctica, el apartamiento manifiesto de las máximas de experiencia o la omisión de todo razonamiento sobre alguna o algunas de las pruebas practicadas que pudieran tener relevancia o cuya nulidad haya sido improcedentemente declarada. Sin embargo, lo que se intenta es reprochar una actuación omisiva, por no haber realizado una labor dirigida proactivamente a adverar el teléfono. Olvida el Letrado recurrente que en la vista oral la función de quien juzga debe ser absolutamente aséptica, imparcial, ajena a las posturas de parte, especialmente cuando cada parte acude con la debida asistencia jurídica de un profesional, a quien se le encomienda la defensa de los intereses de cada uno de los intervinientes, no cabe confundir la labor que como instructor puede y debe desempeñar quien ostenta la función jurisdiccional, en averiguación de cuantos extremos puedan esclarecer un hecho presuntamente delictivo, de la que como juzgador ese mismo titular de la función jurisdiccional individual ha de mantener. Por otra parte, corresponde a las partes aportar los medios de prueba de que intenten valerse, y lo que ofreció la parte fueron unas fotocopias de mensajes seleccionados y de forma incompleta no interesó que fueran comprobados en el teléfono.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: JUAN JOSE GOMEZ DE LA ESCALERA
  • Nº Recurso: 799/2024
  • Fecha: 03/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena, y dispone su libre absolución de la acusación. Acusado que tiene vigente una pena que le prohíbe acercarse a quien fuera su pareja sentimental y también a su domicilio, y se le atribuye haber circulado con su vehículo dentro del radio de la prohibición del domicilio de la mujer. Presunción de inocencia, prueba de cargo y principio de duda razonable. Determinación segura del domicilio de la persona protegida. Discrepancias entre el domicilio de la persona protegida que aparece en los registros policiales y el consignado en el programa VIOGEN, que es el de referencia para la persona acusada. Juicio de certeza sobre la correspondencia del domicilio de la persona protegida con el que aparece en el registro policial y se formula la acusación. Revisión de la valoración probatoria por parte del tribunal de apelación.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.